Fondo Social Exequial

Fondo Social Exequial
Fondo Social Exequial

Fondo Social Exequial

El Fondo Social Exequial nace con el fin de brindar un auxilio económico para el fallecimiento del asociado o un miembro de su grupo familiar (padres, hijos del asociado menores de 25 años y esposa(o) o compañera (o) permanente inscrita (o) en PROMEDICO por mínimo un año contado previo a la fecha de fallecimiento.

¿Qué debes saber sobre el Fondo Social Exequial? 

  • Todo asociado menor de 60 años tendrá derecho a los beneficios del Fondo.
  • La entrega del auxilio varía según el tiempo de vinculación del asociado

Tiempo de vinculación

% del auxilio a entregar al asociado o beneficiario según categoría de vinculación

Primeros 365 de vinculación

50%

Mayor a 365 de vinculación

75%

A partir del 3er año

100%

 

  • El asociado deberá encontrarse al día con todas las obligaciones contraídas con el Fondo para recibir el beneficio
  • La protección del Fondo Social Exequial se perderá si el asociado presenta tres (3) cuotas en mora.

 

¡Importante!

En el caso de fallecimiento de un asociado y su esposa(o) o compañera (o) permanente o su(s) hija(o) o padres, también sean asociados a PROMEDICO y esté(n) inscrito(s) en la “Declaración de beneficiarios de Amparos Mutuales y Ahorros” la protección por Fondo Social Exequial se pagará una única vez dentro del proceso de liquidación del asociado.

En el evento que un asociado se le haya reconocido el presente amparo por encontrarse relacionado como beneficiario de un asociado fallecido, no podrá generar reclamo por el mismo hecho.

 

¿Cuáles son los valores recibidos en caso de fallecimiento de un asociado o beneficiario?

 

PLENO

CONSOLIDACIÓN

RESIDENTE

ASOCIADO

8 SMMLV

4 SMMLV

8 SMMLV

BENEFICIARIO

6 SMMLV

3 SMMLV

6 SMMLV

 

Plazo para solicitar el auxilio del Fondo Social Exequial

La prescripción de los derechos consagrados en el reglamento del Fondo Social Exequial será de tres (3) meses calendario, contados a partir de la fecha del fallecimiento del beneficiario o asociado correspondiente.

Documentos clave

Registro Civil de Defunción del beneficiario fallecido.

HIJO FALLECIDO: Copia del Registro Civil de nacimiento si el fallecido es hijo del asociado. Se exceptúan los nacidos vivos que no hayan sido registrados en las 72 horas posteriores a su nacimiento.

Copia de la cédula de ciudadanía (por ambos lados) o cédula de extranjería si el fallecido es mayor de edad.

Copia de la cedula de ciudadanía (por ambos lados) del asociado.

PADRES FALLECIDOS: Registro Civil de Nacimiento del asociado si el fallecido es su padre o su madre

ESPOSA O CONYUGUE: Copia autenticada del Registro Civil de Matrimonio o Documento de Extrajuicio (en caso de no haber contraído matrimonio) si el fallecido es esposo (a) o compañero (a) permanente del asociado.

Autorización de Desembolso Auxilios Amparos Mutuales diligenciada por el Asociado.

Certificación bancaria no mayor a 30 días.

 

** Información extraída del Reglamento del Fondo Social Exequial aprobado por la Junta Directiva.

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