Bre-B

Bre-B es un servicio que ofrece El Fondo de Empleados Médicos de Colombia. (en adelante “PROMEDICO”) a través de Entidades Administradoras de Sistemas de Pago de Bajo Valor Inmediato (EASPBVI) (en adelante el “Servicio”), disponible para cuentas de ahorro, cuyo titular es un Asociado, y a través del cual se podrá enviar y recibir dinero en línea a cualquier persona natural o jurídica que tenga una llave asociada a una cuenta de ahorros, corriente o depósito de bajo monto u ordinario en alguna Entidad que haya habilitado el servicio dentro del territorio nacional.

El presente reglamento define las condiciones, características, derechos, obligaciones y usos del Servicio Zona Bre-B, las cuales son aceptadas por el Asociado a partir del momento del Registro en los Canales que PROMEDICO disponga para tal fin.

1.DEFINICIONES: Para efectos del presente reglamento se entenderán las siguientes definiciones las cuales podrán estar escritas en mayúsculas o minúsculas:

1.1. Aplicacion: Son las aplicación móvil de PROMEDICO para Asociados, en donde se disponibilidad el Servicio Bre-B.

1.2. Beneficiario: Son las personas naturales o personas naturales o jurídicas que ostentan la calidad de comerciante, que se encuentran vinculadas en el Directorio Federado y en el Directorio Centralizado. Las EASPVI serán las encargadas de recibir los recursos objeto de la Transferencia.

1.3. Bloqueo: Es el proceso de solicitud iniciado por el Asociado ante PROMEDICO a través de los Canales con el fin de restringir el uso de la Llave

1.4. Bre-B: Corresponde al nombre asignado al Sistema de Pagos Inmediatos del Fondo de la República.

1.5. Canales: Son los canales habilitados por PROMEDICO para el Servicio, tales como: la Aplicación PROMEDICO, y los demás que de tiempo en tiempo PROMEDICO estime conveniente integrar.

1.6. Cancelación: Es la novedad de cancelar una Llave previamente creada lo que incluye desvincularla del Producto de Depósito al cual fue asociada.

1.7. Código QR: Es un código de respuesta rápida (Quick Response Code) estático o dinámico, que se compone por un patrón de módulos en una matriz Bidimensional asociado a la Llave creada por el Asociado y que permite recibir transacciones mediante la lectura del código con dispositivos móviles, terminales de pago y/o QR impreso. El Código QR es generado por la EASPBVI, quien lo transmite a PROMEDICO para que esta a su vez lo disponibilice en sus Canales y permita al Asociado su lectura, uso, e iniciación de las Órdenes de Pagos y/o Transferencias de Fondos Inmediatas según corresponda.

Los términos y condiciones de uso del Código QR, en el marco del ecosistema Bre-B, se regirán por lo dispuesto en el Anexo No. 1. Al aceptar los presentes términos y condiciones, el Asociado manifiesta su conformidad con el contenido de tal documento. De igual manera, se indica que dichas condiciones podrán ser actualizadas, conforme a la Normatividad Aplicable definida por El Fondo de la República.

1.8. Comercio: Son las personas naturales o personas naturales o jurídicas que ostentan la calidad de comerciante, que cuentan con establecimientos físicos o digitales que venden y ofrecen bienes y/o servicios a consumidores y Asociados.

1.9. Consulta: Es el proceso mediante el cual el Asociado ingresa a consultar la Llave que tiene asociada a su Medio de Pago en los Canales.

1.10. Asociado: Son las personas naturales o jurídicas que tienen un Producto de Depósito.

1.11. Directorio Centralizado de Llaves (DICE): Es el repositorio central de información administrado por El Fondo de la República, en el que se alojan los registros de las Llaves que han sido cargadas por parte de cada una de las EASPBVI según las condiciones establecidas en la Normatividad Aplicable y demás normatividad pertinente.

1.12. Directorio Federado: Es el repositorio central de información administrado por cada una de las EASPBVI, en el que se alojan los registros de las Llaves y sus novedades.

1.13. Entidades Administradoras de Sistema de Pago de Bajo Valor Inmediato (EASPBVI): Son las Entidades encargadas de procesar las operaciones Intra-SPBVI e Inter – SPBVI y habilitar los procesos de registro, modificación, cancelación, bloqueo, reactivación, y consulta de Llaves, además de administrar el Directorio Federado y el sistema de pagos de bajo valor inmediato a través del cual opera el Servicio.

1.14. Entidad: Son las entidades financieras que se encuentran vinculadas al Directorio Federado administrado y operado por cada una de las EASPBVI, según corresponda.

1.15. Llave: Es el identificador que el Asociado vincula con su Producto de Depósito. Para los Canales las Llaves pueden ser: número de celular, identificación del Asociado, correo electrónico, código alfanumérico y código de establecimiento de comercio, este último únicamente en el caso de comercios. La estructura de las Llaves, asignación y habilitación según los Asociados, estará definido por lo establecido en la Normatividad Aplicable. En cualquier momento, PROMEDICO o las EASPBVI podrán habilitar o deshabilitar una o varias Llaves, situación que será debidamente informada por los canales que PROMEDICO señale.

1.16. Modificación: Hace referencia al proceso de cambio de cuenta o depósito asociado a la Llave

1.17. Mecanismo Operativo de Liquidación (MOL): Es el subsistema centralizado dEl Banco de la República que se encarga de recibir las instrucciones de pago desde las EASPBVI y liquidar en tiempo real, debitando y acreditando los fondos entre las Entidades.

1.18. Normatividad Aplicable: Significa la Resolución Externa 6 de 2023, la Circular Externa DSP – 465, emitidas por la Junta Directiva del Fondo de la República, y demás normatividad que las sustituya o modifique.

1.19. Originador: Son las personas naturales que se encuentran vinculadas en el Directorio de las EASPBVI y actúan como originadoras de una Transferencia, a través de productos de depósito en alguna de las Entidades.

1.20. Pago a Comercios: Son las Transferencias en las cuales el Ordenante es una persona natural y el Beneficiario es una persona natural o jurídica que ostenta la calidad de Comercio, iniciadas por medio de las Llaves o la lectura de un Código QR para realizar el pago de bienes o servicios adquiridos en el Comercio.

1.21. Pago entre Personas: Orden de Pago y/o Transferencia de Fondos Inmediatas en la cual el Ordenante y el Beneficiario son personas naturales.

1.22. Portabilidad: Es el proceso de traslado de Llaves que se encuentren registradas en otra(s) entidad(es) y que con el proceso de portabilidad cambiarán tanto la cuenta o depósito asociado como la entidad administradora de la Llave

1.23. Producto de Depósito: Es la cuenta de ahorros, cuenta corriente o depósito de bajo monto u ordinario, registrada por el Asociado y asociada a una Llave en específico, que se encuentre vigente, apertura da en PROMEDICO, de la que es titular el Asociado y en la cual se pueden iniciar o recibir las Transferencias. PROMEDICO podrá en cualquier momento autorizar otros productos de depósito, los cuales serán informados por los canales que esta señale.

1.24. Reactivación: Es el proceso de solicitud iniciado por el Asociado ante PROMEDICO a través de los Canales con el fin de levantar la restricción solicitada previamente para el uso de la Llave

1.25. Registro: Es el proceso mediante el cual se crea una Llave y se asocia a un Producto de Depósito.

1.26. Transferencia: Son las órdenes de transferencias y/o pagos generadas entre el Originador y destinatario, procesadas por las EASPBVI y liquidadas a través del MOL

1.27. Zona Bre-B : Hace referencia a la funcionalidad disponible en las Aplicación y demás Canales en los que PROMEDICO decida integrar. Se denominará “Zona Bre-B” en la aplicación móvil y demás Canales PROMEDICO y “Mis Llaves” en la aplicación móvil.

2.DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO:

2.1. El Asociado sólo debe conocer la llave del destinatario, o en su defecto contar con la disponibilidad de leer el Código QR asociado a la Llave del destinatario.

2.2. Se maneja como un servicio disponible para los Productos de Depósito a través de los Canales de PROMEDICO.

2.3. PROMEDICO se reserva el derecho de modificar, limitar, suprimir o adicionar los términos y condiciones de este Servicio en cualquier tiempo. Las modificaciones, limitaciones, supresiones o adiciones de este Servicio se informarán oportunamente mediante publicación en las páginas www.promedico.com.co y/o por cualquier otro medio que se estime eficaz para tal fin. Si transcurridos quince (15) días hábiles contados a partir de la fecha de la respectiva publicación, el Asociado no se presenta a cancelar el Servicio o continúa ejecutándose, se entenderá que acepta incondicionalmente dichas modificaciones, limitaciones, supresiones o adiciones.

2.4. PROMEDICO pondrá a disposición de sus Asociados, mediante los Canales que defina para tales efectos y según lo establecido por la Normatividad Aplicable, el Registro de Llaves y el acceso al Servicio Zona Bre-B.

2.5. Un Producto de Depósito podrá tener una o varias Llaves asociadas a este, sin embargo, una Llave solo podrá estar asociada a un Producto de Depósito.

2.6. Con el Registro de la Llave, el Asociado autoriza la creación y cargue de las mismas tanto en los Directorios Federados, como en el DICE.

2.7. En el caso de Llaves para Comercios, con la aceptación de los actuales términos y condiciones el Asociado autoriza la creación de las Llaves que según la Normatividad Vigente, PROMEDICO está facultado para generar en los términos allí establecidos.

2.8. La Entidad podrá realizar el registro de llaves de acuerdo con las disposiciones de la Normatividad Aplicable que regula el Servicio de la Zona Bre-B.

2.9. Para el Registro, el Asociado deberá autenticarse a través de los Canales dispuestos por PROMEDICO, para acceder al Servicio Zona Bre-B.

2.10. En el proceso de registro de Llaves la EASPBVI realizará validaciones tanto en los Directorios Federados como en el DICE para verificar la no existencia de la Llave que el Asociado desea inscribir en el ecosistema de Bre-B. Si la Llave ya se encuentra registrada, no se desplegará en el flujo para que el Asociado la elija, por lo cual, el Asociado solo visualizará como Llaves sugeridas aquellas disponibles que no se encuentren registradas en el DICE.

2.11. Dentro de la zona Bre-B habilitada en los diferentes Canales el Asociado contará con las opciones de Registrar, Modificar, Cancelar, realizar la Portabilidad, Bloquear, Reactivar, Consultar y asociar Llaves a sus Productos de Depósito, Consultar las Llaves registradas, eliminar Llaves y realizar Transferencias a otras Llaves, además de visualizar los movimientos realizados a través de cada una de las Llaves registradas.

2.12. El Servicio está sujeto a límites y restricciones en cuanto a monto, periodicidad, número de transferencias, y llaves habilitadas que podrán ser modificados por PROMEDICO o por definición del Banco de la República de Colombia, los cuales se publicarán en los canales que PROMEDICO establezca para tal fin.

3. OBLIGACIONES Y PROHIBICIONES DEL ASOCIADO DEL SERVICIO ZONA BRE-B: El Asociado se obliga a:

3.1. No licenciar, comercializar, asignar, distribuir, anunciar, explotar o sacar provecho comercial alguno del Servicio Zona Bre-B, ni de los signos distintivos, ni de las herramientas o del servicio al que accede. Es deber del Asociado respetar y salvaguardar los derechos, propiedad, titularidad y cualquier otra prerrogativa existente del Servicio, o de terceros licenciantes, sobre la propiedad intelectual e industrial del Servicio Zona Bre-B.

3.2. Utilizar el Servicio Zona Bre-B para operaciones y actividades lícitas.

3.3. Suministrar toda la información necesaria para la ejecución del Servicio Zona Bre-B.

3.4. Dar cumplimiento a las condiciones y términos de uso de los productos de depósito definidos por PROMEDICO, así como de los Canales dispuestos por PROMEDICO que permiten el acceso a el Servicio Zona Bre-B.

3.5. El Asociado es el único responsable por concepto de las transferencias que realiza o recibe a partir de la funcionalidad del Servicio Zona Bre-B, como también por las reclamaciones presentadas por el envío erróneo de recursos a una Llave por la opción de transferir a una Llave. El Asociado será responsable de solicitar la devolución de los recursos al Destinatario de la transferencia.

3.6. En el evento en que el Destinatario de la transferencia acepte devolver los recursos, será responsabilidad del Destinatario realizar la devolución de manera directa al Originador de la transferencia a través de la zona Bre-B o por el medio que acuerden las partes.

3.7. PROMEDICO no aplicará la devolución de la tarifa cobrada al Originador de la transferencia por el uso del Servicio Zona Bre-B cuando el Destinatario de la transferencia realice la devolución de los recursos de la transacción.

3.8. Dar inmediato aviso a PROMEDICO sobre la ocurrencia de cualquier evento o circunstancia que altere el normal desarrollo y/o ejecución del Servicio Zona Bre-B.

3.9. Cuando un Asociado actualice alguno de sus datos y dicho dato esté siendo utilizado como Llave, PROMEDICO deberá realizar el proceso de modificación de la Llave asociado al dato actualizado, de conformidad con los procedimientos que se establezcan para tales efectos.

3.10. Custodiar, administrar, utilizar y mantener de manera segura y confidencial las credenciales de autenticación, identificación y seguridad definidas para el Asociado para ingresar desde un celular, tableta o computador a los canales de PROMEDICO. Es responsabilidad del Asociado el uso y acceso de cualquier tercero a los canales de PROMEDICO con sus credenciales de identificación y autenticación. Todas las transferencias que se hayan realizado en incumplimiento de este deber, son y serán responsabilidad exclusiva del Asociado.

3.11. En transacciones de compra y adquisición de servicios usando como mecanismos de pago las Llaves habilitadas en el ecosistema de Llaves, el Asociado es el único responsable del proceso del mismo bajo las condiciones pactadas previamente con su vendedor.

4. RESPONSABILIDADES:

4.1. El Asociado acepta usar el Servicio Zona Bre-B bajo su propia responsabilidad y riesgo. Así mismo, conoce y acepta que la calidad e idoneidad del Servicio es responsabilidad exclusiva de las EASPBVI y El Banco de la República según corresponda.

4.2. El Asociado exonera a PROMEDICO de cualquier tipo de responsabilidad directa o indirecta para con terceros derivada de conductas realizadas por el Asociado con base en los servicios y/o productos suministrados.

4.3. El Asociado es responsable de verificar el monto de las transferencias realizadas a través de la funcionalidad del Servicio Zona Bre-B.

4.4. PROMEDICO no garantiza la disponibilidad y continuidad del Servicio por tratarse de servicios prestados y ofrecidos directamente por las EASPBVI, por lo tanto, no puede garantizar que el funcionamiento del Servicio Zona Bre-B sea ininterrumpido o que no tendrá errores, falta de actualización en tiempo real, o fallas derivadas de la falta de disponibilidad de las demás Entidades financieras o las EASPBVI en el momento en que se realiza una transferencia o registro en el Directorio Federado o Directorio Centralizado.

4.5. En la medida que lo permitan las leyes vigentes, en particular las existentes en materia de protección al consumidor, PROMEDICO queda excluido de cualquier responsabilidad por los daños y perjuicios de toda naturaleza que puedan deberse en la falta de disponibilidad, accesibilidad o de continuidad del funcionamiento del Servicio Zona Bre-B ofrecido por las EASPBVI.

4.6. De igual forma, el Asociado declara y reconoce que el uso del Servicio Zona Bre-B, no genera alguna relación laboral o de dependencia, asociación, joint venture, representación, mandato, agencia comercial, franquicia, cuentas en participación o algún tipo de vinculación entre el Asociado y PROMEDICO.

4.7. PROMEDICO hará todos los esfuerzos para evitar situaciones que afecten a las partes; sin embargo, no está obligada a responder por hechos u omisiones que se puedan presentar entre estas, tales como, pero sin limitarse a ellas, fraudes, suplantaciones, incumplimientos contractuales, entre otros y, así lo acepta el Asociado con la aceptación del presente Reglamento.

4.8. El Asociado se compromete a proteger la confidencialidad de las credenciales y datos asociados al uso del Servicio Zona Bre-B.

4.9. El Asociado se compromete a notificar de inmediato cualquier acceso no autorizado a los canales PROMEDICO, robo, pérdida de datos o error detectado en una Transferencia.

4.10. Está prohibido usar la funcionalidad del Servicio Zona Bre-B para actividades ilegales o fraudulentas.

4.11. El Asociado se compromete a actualizar las Llaves en el evento en el que actualice alguno de sus datos y este esté siendo utilizado como Llave. Esta actualización deberá realizarla según los procedimientos que PROMEDICO tenga establecidos para el Canal que corresponda.

4.12. PROMEDICO no será responsable por transferencias erróneas si el Asociado ingresa datos incorrectos al momento de realizar una Transferencia.

4.13. PROMEDICO no es propietario ni responsable de los servicios y/o productos ofrecidos por los vendedores vinculados a la funcionalidad Código QR, no tiene posesión, no los ofrece en venta, no ejerce cualquier derecho o tenencia sobre los mismos. PROMEDICO no interviene en el perfeccionamiento de las operaciones de comercialización realizadas entre los vendedores y los pagadores, ni en las condiciones por ellos estipuladas para las mismas, por ello no será responsable respecto de la calidad, estado, garantía, integridad o legitimidad de los bienes, productos o servicios ofrecidos o enajenados por los vendedores quienes serán los exclusivos responsables.

4.14. PROMEDICO es responsable de disponibilizar la imagen del Código QR para que el Asociado pueda hacer uso de ella para realizar los cobros en el caso que lo requiera, sin embargo la EASPBVI es la encargada de generar dicho código para que PROMEDICO lo disponga a Asociados en los diferentes canales habilitados. Este Código QR estará asociado a la Llave que el Asociado tenga registrada y así lo defina.

4.15. PROMEDICO es responsable de habilitar dentro de la zona Bre-B las novedades relacionadas en la circular vigente dEl Fondo de la República, tales como cancelación, actualización de datos, actualización de cuenta como medio asociado, y las demás.

5. AUTORIZACIONES: El Asociado autoriza a PROMEDICO para bloquear, cancelar o revocar total o parcialmente el Servicio Zona BreB en los siguientes eventos:

5.1. Cuando se presenten irregularidades de cualquier tipo en el uso del Servicio Zona BreB.

5.2. Por el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que le corresponden al Asociado en virtud del presente documento o la normatividad aplicable.

5.3. Cuando se utilice el Servicio Zona BreB para fines distintos de aquellos para los cuales se tiene acceso.

5.4. Como medida de seguridad para PROMEDICO o para el mismo Asociado por irregularidades o circunstancias que impliquen tal hecho.

5.5. En caso de que PROMEDICO llegue a conocer que el Asociado se encuentre utilizando el Servicio Zona BreB para promover la venta de productos y/o servicios ilícitos o que se encuentren prohibidos y/o restringidos en la normatividad vigente.

5.6. En caso de cancelación del producto de depósito.

5.7. En caso de terminación del Servicio de Zona BreB.

5.8. En el evento en que el Asociado no cumpla con las instrucciones de seguridad informadas por PROMEDICO.

5.9. Cualquier otra circunstancia objetiva que amerite alguna de las limitaciones.

Parágrafo: La decisión de terminación será informada previamente al Asociado mediante comunicación dirigida a la última dirección o correo electrónico registrado o cualquier otro medio idóneo que determine PROMEDICO para el efecto. En cualquiera de estos eventos, PROMEDICO estará facultada para cancelar de manera inmediata o en el tiempo que estime conveniente el Servicio Zona Bre-B.

6. TARIFAS: Este Servicio puede estar sujeto al cobro de una contraprestación (Tarifa) por parte de PROMEDICO, la cual se causará en el momento en que se realice una transferencia efectiva hacia una Llave. Las Tarifas podrán ser consultadas por el Asociado en la tabla de tasas y tarifas publicadas en www.promedico.com.co.

Parágrafo: PROMEDICO podrá incrementar las tarifas que cobra al Asociado, las cuales se le darán a conocer con una antelación no inferior a cuarenta y cinco (15) días calendario al día en que se efectúe el incremento y por el canal que PROMEDICO determine o la normatividad vigente señale para el efecto. Si transcurrido este tiempo, el Asociado continúa utilizando el Servicio Zona Bre-B, se entenderá que acepta las nuevas Tarifas indicadas por PROMEDICO.

7.AUTORIZACIÓN DEL DÉBITO: El Asociado autoriza a PROMEDICO para debitar de su Producto de Depósito la Tarifa por el Servicio Zona Bre-B, de conformidad con las Tarifas establecidas por PROMEDICO, las cuales podrá consultar en la tabla de tasas y tarifas publicadas en www.promedico.com.co.

El débito de esta Tarifa se realizará en el momento en que la Transferencia sea efectiva, es decir, cuando se acrediten fondos en el producto de depósito del Destinatario por transferencias realizadas a través del Servicio Zona Bre-B. El Asociado acepta y autoriza a PROMEDICO, para debitar el valor de cualquier transferencia asociada a una operación fraudulenta o efectuada en incumplimiento de este reglamento sin previo aviso. Este débito se podrá realizar sobre cualquier Producto de Depósito activo que tenga asociada o no al Asociado.

8. PREVENCIÓN CONTRA EL LAVADO DE ACTIVOS – SARLAFT: En cumplimiento del deber legal que le asiste a PROMEDICO para prevenir el Lavado de Activos, la Financiación del Terrorismo y sus delitos conexos, el Asociado declara que su patrimonio y las fuentes económicas que permiten desarrollar su objeto social no son fruto de actividades ilícitas, tales como narcotráfico, testaferrato, enriquecimiento ilícito, terrorismo, lavado de activos, tráfico de estupefacientes, secuestro extorsivo y/o trata de personas, entre otros, razón por la cual, acepta que en el evento en que haga parte de la lista OFAC (Office of Foreign Assets Control), la lista ONU y demás listas de carácter internacionales vinculantes para Colombia, o que haya sido vinculado judicialmente en investigaciones por delitos asociado al LA/FT, será responsable por los daños y perjuicios patrimoniales y reputacionales, que con ocasión a estas circunstancias le ocasione a PROMEDICO, sin perjuicio de la responsabilidad penal que le asiste y, faculta a PROMEDICO, para dar por terminado unilateralmente el presente Servicio Zona Bre-B en cualquier momento y sin previo aviso, por configurarse una causal objetiva de terminación del mismo.

8. MODIFICACIONES : PROMEDICO se reserva el derecho de modificar, limitar, suprimir o adicionar los presentes términos y condiciones en cualquier tiempo. Las modificaciones, limitaciones, supresiones o adiciones se informarán a través del medio idóneo que determine PROMEDICO. Si transcurridos cinco (5) días hábiles contados a partir de la fecha de la respectiva publicación, el Asociado continúa utilizando la funcionalidad del Servicio Zona Bre-B, se entenderá que acepta las modificaciones, limitaciones, supresiones o adiciones de los términos y condiciones.

9. CANALES DE ATENCIÓN: En el evento de presentar alguna inquietud relacionada con el Servicio Zona Bre-B tales como: falta de disponibilidad, incoherencia en la información Transferencia que requiera ajustes o medidas especiales, fallas en las Transferencias realizadas a través del Servicio Zona Bre-B o reclamaciones derivadas de solicitudes para validaciones, PROMEDICO pondrá a disposición de los Asociados los siguientes canales de atención: para la aplicación PROMEDICO: Chat de la página Web, Call Center 01 8000 180285 a nivel nacional. En todo caso, PROMEDICO podrá en cualquier momento adicionar los canales que considere pertinentes para estos efectos. Las áreas operativas de PROMEDICO se encargarán de canalizar los requerimientos a que haya lugar con las EASPBVI, si por la operatividad del Servicio Zona Bre-B resultare necesario.

10. TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES: En cumplimiento de las disposiciones legales, Ley 1581 de 2012, Decreto 1377 de 2013, hoy compilado en el Decreto 1074 de 2015 y demás normas complementarias, PROMEDICO cuenta con una política para el tratamiento de los datos personales, la cual está disponible en www.promedico.com.co Dicha política incluye, entre otras disposiciones, las finalidades del tratamiento de los datos personales de los titulares y los canales mediante los cuales el Asociado puede ejercer sus derechos. El Asociado manifiesta que otorgó el consentimiento a través de los formatos físicos y/o electrónicos definidos por PROMEDICO, de manera voluntaria, expresa y previa para que PROMEDICO recolecte, almacene, use, circule y suprima el tratamiento de los datos personales suministrados o que llegue a suministrar con el fin de realizar el proceso de vinculación, solicitud de productos y/o servicios, y donde se informaron las finalidades del tratamiento de los datos respecto de los cuales PROMEDICO solicitó su autorización.

11. TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES – SISTEMA DE PAGOS INMEDIATOS: El Asociado autoriza expresa e inequívocamente a El Fondo para registrar, actualizar, modificar, compartir, habilitar, activar, portar, trasladar y en general tratar sus datos personales sin restricción alguna, incluyendo nombre(s) y apellido(s), documento de identificación, número de teléfono móvil, Llaves, código alfanumérico(s), código QR y/o código único de comercio, así como cualquier otro dato asociado a los medios de pago, con el fin de compartir esta información con las EASPBVI y/o con cualquier otra Entidad que participe en los Sistemas de Pagos de Bajo Valor Inmediatos (SPBVI) con el propósito de incluirla en los Directorios Federados y/o Directorios Centralizados, así como para adelantar todos y cada uno de los procesos relacionados con los procesos y funcionamiento del SPBVI.

El Asociado podrá ejercer los derechos de acceso, actualización, corrección y supresión de sus datos en los canales establecidos en la Política de Tratamiento de Datos Personales del Banco.

12. REINTEGROS: Los reintegros por transferencias enviadas a Llaves con origen de los recursos del Producto de Depósito, aplican únicamente en el escenario que PROMEDICO identifique que la Transferencia enviada por el Servicio Zona Bre-B es una transacción no autorizada por el Asociado. El Fondo se reserva el derecho de solicitar documentación adicional para validar la solicitud y realizará reintegros únicamente si se comprueban errores o irregularidades.

13. RECLAMACIONES ASOCIADAS A LLAVES REGISTRADAS: PROMEDICO se obliga a dar respuesta oportuna a las solicitudes, quejas y reclamos formulados para la funcionalidad del Servicio Zona Bre-B de acuerdo con el procedimiento y términos establecidos por la ley.

14. TERMINACIÓN DEL SERVICIO ZONA BRE-B: El Servicio de Zona Bre-B tendrá una vigencia indefinida. Sin embargo, PROMEDICO se reserva el derecho a darlo por terminado en cualquier momento, lo cual será informado a través de su página web, o por cualquier otro medio que se estime eficaz para tal fin.

Fondo de Empleados Médicos de Colombia –PROMEDICO-

Santiago de Cali – Colombia